(1) Llevar a cabo el diseño e ingeniería de detalle de al menos dos (2) proyectos ejecutados y terminados, salvo que se trate de contratos que incluyan la operación y mantenimiento, caso en el cual será suficiente que esté terminada la etapa de construcción, con posterioridad al 2004, y que hayan incluido en conjunto rieles en doble vía de un mínimo de cincuenta (50) kilómetros, de los cuales al menos diez (10) kilómetros hayan sido construidos en vía en placa en zona urbana y treinta (30) kilómetros hayan sido construidos en vía en balasto.